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lunes, 15 de agosto de 2011

EL GRITO DE SAN CRISTÓBAL

REFORMA DEL ESTATUTO DE LA UNSCH
EL GRITO DE SAN CRISTÓBAL
PARA LAS ELECCIONES DE LAS  AUTORIDADES

Por Ideoprensa /Ayacucho

Este es un hecho histórico para nuestra Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga. La Asamblea Universitaria  que es el máximo órgano de gobierno de acuerdo al artículo 29º de la ley universitaria 23733, aprobó el día martes 12 de julio del 2011 la modificatoria del artículo 118º del estatuto reformado de la UNSCH para las elecciones de las autoridades universitarias a realizarse de manera democrática mediante el referéndum ponderado.



¿Pero de qué manera se logró esta reforma en la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga?

Algunos pensaron en destruir al monstruo, que había despertado para revocar a los otorongos enquistados en el poder universitario. Y aprendieron  que era imposible derrotarlos a los miles de estudiantes que se movilizaban en pie de lucha contra las autoridades encargados ilegalmente (el rector Alegría, y los vicerrectores Cansío y Molina). Donde los estudiantes pedían su revocatoria y después la modificación del estatuto para las elecciones del rector, y vicerrectores.
Mediante el grito de san Cristóbal las 27 escuelas de formación profesional de la UNSCH se movilizaron en voz de protesta por las principales calles de la ciudad de huamanga mediante tres semanas con tomas de locales. Hubo enfrentamiento con los policías y como consecuencia hubo varios heridos, detenidos, además un estudiante de la facultad de educación fue llevado hasta el hospital de Lima por lo que fue herido gravemente en el ojo durante el enfrentamiento.
Con esta medida de lucha se logró modificar el estatuto de la UNSCH mencionó Efraín Cruz, coordinador general del tercio estudiantil ante la asamblea universitaria.
Luego de ser instalada la comisión de modificatoria del reglamento del estatuto, por el nuevo rector encargado, Humberto Hernández Arribasplata y con el quórum de reglamento, se procedió a debatir los argumentos señalados en la propuesta del consejo universitario en concordancia con las normas legales vigentes y las propuestas alcanzadas por el gremio estudiantil así como los antecedentes sobre esta modalidad de elección en otras universidades.
De acuerdo al artículo 1º y 4º de la ley universitaria 23733 hace mención que la ley universitaria es autónoma dentro de la ley y que la asamblea universitaria tiene la facultad de modificar su estatuto.
Mediante la resolución de asamblea universitaria Nº 002-2011-UNSCH, se aprobó la incorporación de la modalidad del referéndum ponderado para la elección del rector, vicerrectores, decanos y el director de la escuela de pos-grado. El rector encargado de la UNSCH, Humberto Hernández Arribasplata, manifiesta en cuanto a la ponderación que un 45% le corresponde a los docentes; 45% a los estudiantes y un 10% a los graduados.

Con esta modalidad los asambleístas ya no tendrán la potestad de elegir a sus autoridades mediante el voto secreto, que muchas veces los estudiantes eran corrompidos por los candidatos, ahora solo realizarán un acto de ratificación de acuerdo a los resultados del referéndum ponderado en el que participaron los tres estamentos universitarios; estudiantes, docentes y graduados; de acuerdo al artículo 118º inciso b) del informe Nº 02 presentado por la Comisión Especial de la asamblea universitaria.
El artículo 18º de la Constitución Política del Perú hace mención que la universidad es autónoma en su régimen académico, normativo y administrativo, en ese sentido es factible modificar nuestro régimen normativo de la UNCH, así menciona Odilón Candia, asesor legal de la UNSCH.
Algunos estudiantes señalan que con esta modificatoria se acabaran las corrupciones que existían anteriormente durante las elecciones de las autoridades universitarias.
Por lo tanto, con esta modificatoria del estatuto, el sistema de elección será mas transparente y democrático, además se encuentra dentro del ordenamiento legal.

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